El Sistema Nacional de Compensación Electrónica (SNCE) es el sistema español de pagos al por menor.
Inicialmente estaba gestionado por el Banco de España, pero con la reforma de los sistemas de pago en España en 2005, esta función se transfirió a la Sociedad Española de Sistemas de Pago (IBERPAY), empresa privada cuyos accionistas son las entidades de crédito que participan en el SNCE. El Banco de España es el responsable de aprobar las normas del sistema y lleva a cabo su vigilancia.
El SNCE procesa las transacciones originadas con instrumentos de pago al por menor (cheques, transferencias, adeudos domiciliados, efectos y operaciones diversas). Desde el punto de vista operativo, se estructura en diferentes subsistemas en los que las entidades se intercambian toda la información relevante de los pagos. En general, las operaciones se compensan, al efectuarse la liquidación por el importe neto. No obstante, las transferencias y los cheques por encima de 100.000 € (300.000 € en el caso de las transferencias SEPA –Single Euro Payments Area-) no forman parte del proceso de compensación y se liquidan individualmente. En ambos casos, la liquidación se efectúa en las cuentas que tienen lo participantes en TARGET2-Banco de España.
El sistema está basado en redes de comunicación electrónica y en una infraestructura común para el intercambio de operaciones. La mayoría de los subsistemas funcionan de manera descentralizada, de modo que los participantes se intercambian la información bilateralmente. A continuación, los participantes calculan sus posiciones netas bilaterales en cada subsistema y se las comunican a IBERPAY con el fin de que este proceda a su compensación y posterior liquidación.
Los subsistemas dedicados al proceso de operaciones SEPA, por el contrario, siguen una modalidad de intercambio multilateral centralizada, es decir, las entidades envían sus operaciones al sistema y este se encarga de efectuar la compensación y posterior liquidación.
Pueden ser miembros del SNCE: el Banco de España -para canalizar sus propios pagos al por menor y los de la administración pública-, los bancos, las cajas de ahorros y las cooperativas de crédito, siempre que cumplan las normas y requisitos establecidos en el Reglamento del SNCE.